Existe en la Iglesia Católica la figura del patriarca, cuya importancia depende de acuerdo al rito al que pertenece: al rito oriental (nombe genérico que reune a una gran variedad de ritos) o al rito latino.
Rito oriental
7. Desde los tiempos más remotos vige en la Iglesia la institución patriarcal, ya reconocida desde los primeros concilios ecuménicos.
Con el nombre de Patriarca oriental se designa el Obispo a quien compete la jurisdicción sobre todos los Obispos, sin exceptuar los Metropolitanos, sobre el clero y el pueblo del propio territorio o rito, de acuerdo con las normas del derecho y sin perjuicio del primado del Romano Pontífice.
Dondequiera que se constituya un Jerarca de rito determinado, fuera de los límites del territorio patriarcal, permanece agregado a la Jerarquía del Patriarcado del mismo rito, según las normas del derecho.
8. Aunque cronológicamente unos sean posteriores a otros, los Patriarcas de las Iglesias orientales son todos iguales en la dignidad patriarcal, aunque se guarde entre ellos la precedencia de honor legítimamente establecida.
9. Según la antiquísima tradición de la Iglesia, los Patriarcas de las Iglesias orientales han de ser honrados de una manera especial, puesto que cada uno preside su patriarcado como padre y cabeza del mismo. Por eso, este santo Sínodo establece que sus derechos y privilegios sean restaurados según las tradiciones antiguas de cada Iglesia y los decretos de los concilios ecuménicos.
Estos derechos y privilegios son los mismos que había en el tiempo de la unión entre Oriente y Occidente, aunque haya que adaptarlos de alguna manera a las condiciones actuales.
Los Patriarcas con sus sínodos constituyen la última apelación para cualquier clase de asuntos de su patriarcado, sin excluir el derecho de erigir nuevas diócesis y de nombrar Obispos de su rito dentro de los límites de su territorio patriarcal, salvo el derecho inalienable del Romano Pontífice de intervenir en cada uno de los casos.
(...)
11. Siendo la institución patriarcal una forma tradicional del gobierno entre las Iglesias orientales, desea el Concilio santo y ecuménico que donde haga falta se erijan nuevos patriarcados, cuya constitución se reserva al Concilio ecuménico o al Romano Pontífice.
(Decreto Orientalium Ecclesiarum)
Actualmente la Iglesia Católica reconoce seis patriarcados orientales:
Patriarca de Alejandría de los Coptos – Patriarcha Alexandrinus Coptorum
Patriarca de Antioquía de los Maronitas – Patriarcha Antiochenus Maronitarum
Patriarca de Antioquía de los Melquitas – Patriarcha Antiochenus Graecorum Melkitarum
Patriarca de Antioquía de los Sirios – Patriarcha Antiochenus Syrorum
Patriarca de Babilonia de los Caldeos – Patriarcha Babylonensis Chaldaeorum
Patriarca de Cilicia de los Armenios – Patriarcha Ciliciae Armenorum
Rito latino
En la Iglesia de rito latino algunas sedes recibieron el título de patriarcado, aunque solo es un título nominal, sin las prerrogativas que gozan los patriarcas orientales.
En la actualidad solo hay cinco títulos patriarcales reconocidos:
Patriarca de Jerusalén de los Latinos – Patriarcha Hierosolymitanus Latinorum
Patriarca de Lisboa – Patriarcha Lisbonensis
Patriarca de Venecia – Patriarcha Venetiarum
Patriarca de las Indias Occidentales – Patriarcha Indiarum Occidentalium
Patriarca de las Indias Orientales – Patriarcha Indiarum Orientalium
Anteriormente, existían otros títulos ahora extintos, y que son los siguientes.
Patriarca de Alejandría de los Latinos – Patriarcha Alexandrinus Latinorum
Patriarca de Antioquía de los Latinos – Patriarcha Antiochenus Latinorum
Patriarca de Constantinopla de los Latinos – Patriarcha Constantinopolitanus Latinorum
Patriarca de Aquileia – Patriarcha Aquileiensis
Patriarca de Grado – Patriarcha Gradensis
De estos, los tres primeros fueron abolidos, el cuarto fue disuelto y el quinto fue unido a la sede de Venecia.
Rito oriental
7. Desde los tiempos más remotos vige en la Iglesia la institución patriarcal, ya reconocida desde los primeros concilios ecuménicos.
Con el nombre de Patriarca oriental se designa el Obispo a quien compete la jurisdicción sobre todos los Obispos, sin exceptuar los Metropolitanos, sobre el clero y el pueblo del propio territorio o rito, de acuerdo con las normas del derecho y sin perjuicio del primado del Romano Pontífice.
Dondequiera que se constituya un Jerarca de rito determinado, fuera de los límites del territorio patriarcal, permanece agregado a la Jerarquía del Patriarcado del mismo rito, según las normas del derecho.
8. Aunque cronológicamente unos sean posteriores a otros, los Patriarcas de las Iglesias orientales son todos iguales en la dignidad patriarcal, aunque se guarde entre ellos la precedencia de honor legítimamente establecida.
9. Según la antiquísima tradición de la Iglesia, los Patriarcas de las Iglesias orientales han de ser honrados de una manera especial, puesto que cada uno preside su patriarcado como padre y cabeza del mismo. Por eso, este santo Sínodo establece que sus derechos y privilegios sean restaurados según las tradiciones antiguas de cada Iglesia y los decretos de los concilios ecuménicos.
Estos derechos y privilegios son los mismos que había en el tiempo de la unión entre Oriente y Occidente, aunque haya que adaptarlos de alguna manera a las condiciones actuales.
Los Patriarcas con sus sínodos constituyen la última apelación para cualquier clase de asuntos de su patriarcado, sin excluir el derecho de erigir nuevas diócesis y de nombrar Obispos de su rito dentro de los límites de su territorio patriarcal, salvo el derecho inalienable del Romano Pontífice de intervenir en cada uno de los casos.
(...)
11. Siendo la institución patriarcal una forma tradicional del gobierno entre las Iglesias orientales, desea el Concilio santo y ecuménico que donde haga falta se erijan nuevos patriarcados, cuya constitución se reserva al Concilio ecuménico o al Romano Pontífice.
(Decreto Orientalium Ecclesiarum)
Actualmente la Iglesia Católica reconoce seis patriarcados orientales:
Patriarca de Alejandría de los Coptos – Patriarcha Alexandrinus Coptorum
Patriarca de Antioquía de los Maronitas – Patriarcha Antiochenus Maronitarum
Patriarca de Antioquía de los Melquitas – Patriarcha Antiochenus Graecorum Melkitarum
Patriarca de Antioquía de los Sirios – Patriarcha Antiochenus Syrorum
Patriarca de Babilonia de los Caldeos – Patriarcha Babylonensis Chaldaeorum
Patriarca de Cilicia de los Armenios – Patriarcha Ciliciae Armenorum
Rito latino
En la Iglesia de rito latino algunas sedes recibieron el título de patriarcado, aunque solo es un título nominal, sin las prerrogativas que gozan los patriarcas orientales.
En la actualidad solo hay cinco títulos patriarcales reconocidos:
Patriarca de Jerusalén de los Latinos – Patriarcha Hierosolymitanus Latinorum
Patriarca de Lisboa – Patriarcha Lisbonensis
Patriarca de Venecia – Patriarcha Venetiarum
Patriarca de las Indias Occidentales – Patriarcha Indiarum Occidentalium
Patriarca de las Indias Orientales – Patriarcha Indiarum Orientalium
Anteriormente, existían otros títulos ahora extintos, y que son los siguientes.
Patriarca de Alejandría de los Latinos – Patriarcha Alexandrinus Latinorum
Patriarca de Antioquía de los Latinos – Patriarcha Antiochenus Latinorum
Patriarca de Constantinopla de los Latinos – Patriarcha Constantinopolitanus Latinorum
Patriarca de Aquileia – Patriarcha Aquileiensis
Patriarca de Grado – Patriarcha Gradensis
De estos, los tres primeros fueron abolidos, el cuarto fue disuelto y el quinto fue unido a la sede de Venecia.
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